La trastienda judicial

Sección donde se comenta y analiza la jurisprudencia reseñable, los conflictos entre jurisdicciones, los cambios de criterio entre juzgados, la integración de lagunas legislativas, y las sentencias que por su argumentación revistan interés o tengan fundamentos jurídicos que puedan resultar de aplicación analógica en casos similares

La problemática de la instalación de un ascensor en una comunidad de vecinos

150 150 Patxo Orbegozo

Conscientes de que estas situaciones se dan con asiduidad en los rellanos de los portales, queremos en este Post darte unas cuantas pautas sobre la instalación de un ascensor. Para ello, acudimos a la Ley de Propiedad Horizontal para ofrecer una visión objetiva que ayude a solucionar los diferentes conflictos que pudiesen suscitar.

Cuando se plantea en Junta de vecinos la idea de llevar a cabo la instalación del ascensor siempre da pie a que aparezcan discusiones y discrepancias, como por ejemplo el régimen de mayorías que son necesarias para adoptar el acuerdo, las derramas, los gastos de mantenimiento y los problemas en la estructura del edificio son cuestiones que dificultan enormemente que los propietarios de la comunidad sean capaces de llegar a un acuerdo. leer más

Lo que fácil viene…

150 150 Borja Mollá

¿Es válida la compra realizada por Internet cuando el precio es erroneo? En el presente post analizamos un caso que ha indignado a más de un consumidor oportunista al ver como ha sido cancelado su pedido de unos ordenadores Dell que se publicitaban a poco más de 25 euros.

Me lo quitan de las manos...

Me lo quitan de las manos…

El jueves se desató una locura consumista en la página web de Dell cuando salieron a la venta los portátiles Dell Inspiron de 13 pulgadas con un procesador i7 a tan solo 29 euros (cuando su precio original era de 999 euros).  El producto se ha mantenido a ese precio durante más de una hora, momento en el que la página Dell se ha caído por la avalancha masiva de personas que llegaban a comprar hasta 10 unidades de una sola tacada.

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La mano que mece la SGAE

150 150 Borja Mollá

La SGAE dista mucho de ser una simple asociación sin ánimo de lucro que gestiona derechos de autor. Hoy nos asomamos a algo tan relevante como es su legitimación extraordinaria.

Uno de los primeros socios de la SGAE

Ya comentábamos en otro post anterior (ver «La prehistoria de la SGAE») cuales habian sido los aciagos comienzos de la SGAE, que al principio estuvo configurada como la matriz de una serie de filiales dependientes, pero que el propio devenir de la historia impidió cualquier  tipo de experimentación ensayo-error relacionado con este modelo de dispersión o descentralización de gestión ya que tras la Guerra Civil, el régimen franquista, mediante Ley de 24 de junio de 1941 disolvió todas estas sociedades civiles. En el presente post veremos como una de las primeras atribuciones que se le dieron a esa nueva sociedad de gestión colectiva fue su carácter obligatorio. 

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¿Todavía no te han dado la cesta de Navidad? Reclámala

771 720 Ricardo Gómez

El Tribunal Supremo determina que si se ha venido entregando durante años, la empresa no puede suprimirla unilateralmente.

El Tribunal Supremo, en Sentencia de 18 de Julio de 2018, desestima el recurso interpuesto por una empresa que, tras casi una década, decidió en el año 2016 cancelar el reparto de la cesta de Navidad entre sus empleados, y sustituirla por un pequeño cóctel.

En concreto, la Sala considera que tal actuación empresarial no puede calificarse como de “mera liberalidad”, sino que constituye una condición más beneficiosa o derecho adquirido por los trabajadores, que no puede ser suprimido por la empresa de forma unilateral.

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Glovo y Deliveroo. La cara y la cruz del falso autónomo

150 150 Borja Mollá

Aunque parezcan modelos de negocio parecidos las pequeñas diferencias existentes entre ellos en materia laboral han condicionado que a la hora de enjuiciar supuestos similares se hayan dictado dos sentencias totalmente opuestas.

Barcelona 16 09 2016 FOTO de RICARD CUGAT

El 1 de junio de 2018 una sentencia del Juzgado de lo Social número 6 de Valencia consideró que los repartidores de comida en bicicleta o ‘riders’ de Deliveroo eran trabajadores por cuenta de la empresa, condenando a esta a la readmisión o indemnización de un trabajador al que despidió. Pero lo que parecía un terremoto judicial se mitigó dos meses después, concretamente el 3 de septiembre de 2018, cuando el Juzgado número 39 de Madrid dictó una sentencia en la que  declaró  que los repartidores que colaboran con Glovo no son falsos autónomos, reconociendo su independencia, ya que la relación entre ambas partes no presenta las características de una relación laboral.

¿Que diferencia hay entre los dos supuestos de hecho?

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Discutiendo íntimamente

150 150 Borja Mollá

Una vez más nos ponemos manos a la obra para proporcionaros algunas claves jurídicas que podáis utilizar en vuestras conversaciones sobre temas de actualidad. En este post descubrirás si grabar a un famoso por la calle está o no permitido o si comprarte un smartphone te proporciona una patente de corso para convertirte en un papparazzi.

Fotograma de la discusión. Fuente: El Mundo

La Aste Nagusia bilbaina siempre nos da algún que otro tema jurídico para tratar en nuestro blog. Si el año pasado nos tocó hablar del conflicto entre la libertad de expresión y el sentimiento religioso, a colación de la decoración de una de las txosnas (podéis ver el artículo aquí), este año parece que la libertad de expresión vuelve a estar en cuestión (en su vertiente de derecho a la información) con ocasión de la captación y posterior difusión de un vídeo del futbolista Iñaki Williams discutiendo airadamente con su novia. ¿Y quien es el contrincante de este esencial derecho constitucional en una sociedad democrática? Pues no es otro que el igualmente complejo derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. Pasemos a conocerlo un poco mejor.

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PParticipes.

150 150 Borja Mollá

Este título que suena a comedia de Netflix bien podría calificarse como una spin-off de la primera temporada de la serie conocida como «Gürtel», cuyo ultimo capitulo nos dejó a todos en vilo con un sentencia que más que una resolución judicial kilométrica (que lo era, con más de 1.600 páginas de trepidante acción) se parecía más bien un capitulo de «Westworld» o de la desaparecida «Perdidos» a juzgar por las distintas interpretaciones que suscitaba su lectura.

Rajoy en Génova (Fuente: El País)

Y no es para menos, ya que según al espectador que le preguntes puede decirte que la temporada termina al más puro estilo de «Los Soprano» (con un Partido Popular como centro neurálgico de una trama corrupta y una caja B acreditada) o que mas bien la realidad de Mariano Rajoy se acerca a la de Kiefer Sutherland en «Sucesor designado»y que la sentencia no es ningún obstáculo que no pueda ser salvado al final del episodio con un bonito discurso o una juiciosa frase con una pose de «me pongo y me quito las gafas».

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El Gran Hermano.

150 150 Jurisprudentes

¿Es legal la instalación de cámaras de videovigilancia en el trabajo?

En cierto modo, ya lo adelantaba George Orwell en 1984. Salvando las distancias, podemos preguntarnos si es legal la instalación de cámaras de vigilancia en las empresas para el control laboral de los empleados –control de horarios de entrada y salida, controles de calidad, desempeño de sus funciones, etc.–, y lo cierto es que sí, es una práctica lícita.

Si bien hablamos de un contexto que no cuenta con una legislación clara en casi ningún país europeo, y España no es una excepción, nuestra normativa laboral establece, en el artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores que «el empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso.»

No obstante, ¿cómo se interpreta esa norma?

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Juzgados competentes en materia de patentes, marcas y diseños industriales.

1000 667 Ricardo Gómez

En los distintos asuntos y ante las distintas jurisdicciones, estamos acostumbrados, por lo general, puesto que así lo dispone la ley, a acudir al Juzgado del lugar donde se han producido los hechos, o donde las relaciones de las partes surten sus efectos.

Sin embargo, existe una excepción que nos envía al Juzgado de un lugar, que puede no tener nada que ver con nuestro asunto, y ello es así en materia de patentes, marcas y diseños industriales.

La competencia recae en unos concretos juzgados de lo mercantil especializados en la materia.

En materia de patentes, marcas y diseños industriales, sólo podrás acudir a una serie de Juzgados de lo Mercantil, que están en Barcelona, Madrid y Valencia, para hacer valer tus derechos.

Esto es así en aplicación de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes y el Acuerdo adoptado por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en la sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2016.

A este respecto, si eres un ciudadano de Bilbao, de La Coruña, o de Sevilla, te verás obligado a  desplazarte y acudir obligatoriamente a uno de esos juzgados, no obstante pudiendo elegir en cuál de ellos quieres litigar: “Forum Shopping”.

Esta cuestión trae causa de la búsqueda y concreción por el legislador de una mayor especialización en ciertos Juzgados de lo Mercantil, debido a la dificultad y especialidad de los asuntos en materia de propiedad industrial, con respecto a otros asuntos ordinarios, lo cual debe redundar en beneficio del justiciable.

Sin embargo, esta especial solución, no es algo que surge de la noche a la mañana, y para entenderlo y ver de dónde viene, tenemos que remontarnos a unos antecedentes con leyes con remisiones y posiciones doctrinales enfrentadas.

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No descorches el champan todavía….

150 150 Borja Mollá

A poco mas de una semana de que se celebre el Sorteo Extraordinario de Navidad recopilamos en este post algunas sentencias curiosas que han sido dictadas en relación a este fenómeno de masas navideño. Décimos extraviados, amigos codiciosos, errores de la Administración…porque a veces con tener buena salud no basta.

El bombo de la justicia también ha dado alegrías

La Navidad siempre ha sido un escenario propicio para situaciones hilarantes, capaz de acoger toda serie de disparatados argumentos, que, ya sea en clave de humor o de tragicomedia romántica,  es capaz de arrancarnos una sonrisa y insuflar espíritu a nuestros embriagados corazones. Pero de vez en cuando hay que llamar al abogado y todo eso se desvanece de un plumazo.

No obstante aunque no tengamos una enorme barba blanca ni acostumbremos a lucir el rojo, en más de una ocasión nuestra oportuna intervención ha salvado a mas de uno de recordar unas navidades como las peores de su vida (aunque nuestro «regalo» se demore un par de temporadas mas por obra y gracia del ritmo judicial).

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