Entrega de cosa defectuosa

Entrega de cosa distinta a lo pactado.

150 150 Patxo Orbegozo

En una compraventa, si el vendedor entrega cosa distinta a lo pactado, el comprador puede solicitar la resolución del contrato, y en el caso de que ya hubiese finalizado dicha relación tendrá derecho a ser indemnizado.

Se pacta una cosa y se entrega otra distinta.

En este post para ser más exactos, abordaremos el cumplimiento defectuoso de la obligación de entrega de cosa perfecta, que es aquel cumplimiento que no produce efectos liberatorios en el deudor, pues se trata de un cumplimiento irregular o diferente, de alguna forma de lo pactado; vulnera alguno de los requisitos esenciales del cumplimiento: integridad, identidad e indivisibilidad.

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