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enero 2018

El Gran Hermano.

150 150 Jurisprudentes

¿Es legal la instalación de cámaras de videovigilancia en el trabajo?

En cierto modo, ya lo adelantaba George Orwell en 1984. Salvando las distancias, podemos preguntarnos si es legal la instalación de cámaras de vigilancia en las empresas para el control laboral de los empleados –control de horarios de entrada y salida, controles de calidad, desempeño de sus funciones, etc.–, y lo cierto es que sí, es una práctica lícita.

Si bien hablamos de un contexto que no cuenta con una legislación clara en casi ningún país europeo, y España no es una excepción, nuestra normativa laboral establece, en el artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores que «el empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso.»

No obstante, ¿cómo se interpreta esa norma?

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Juzgados competentes en materia de patentes, marcas y diseños industriales.

1000 667 Ricardo Gómez

En los distintos asuntos y ante las distintas jurisdicciones, estamos acostumbrados, por lo general, puesto que así lo dispone la ley, a acudir al Juzgado del lugar donde se han producido los hechos, o donde las relaciones de las partes surten sus efectos.

Sin embargo, existe una excepción que nos envía al Juzgado de un lugar, que puede no tener nada que ver con nuestro asunto, y ello es así en materia de patentes, marcas y diseños industriales.

La competencia recae en unos concretos juzgados de lo mercantil especializados en la materia.

En materia de patentes, marcas y diseños industriales, sólo podrás acudir a una serie de Juzgados de lo Mercantil, que están en Barcelona, Madrid y Valencia, para hacer valer tus derechos.

Esto es así en aplicación de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes y el Acuerdo adoptado por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en la sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2016.

A este respecto, si eres un ciudadano de Bilbao, de La Coruña, o de Sevilla, te verás obligado a  desplazarte y acudir obligatoriamente a uno de esos juzgados, no obstante pudiendo elegir en cuál de ellos quieres litigar: “Forum Shopping”.

Esta cuestión trae causa de la búsqueda y concreción por el legislador de una mayor especialización en ciertos Juzgados de lo Mercantil, debido a la dificultad y especialidad de los asuntos en materia de propiedad industrial, con respecto a otros asuntos ordinarios, lo cual debe redundar en beneficio del justiciable.

Sin embargo, esta especial solución, no es algo que surge de la noche a la mañana, y para entenderlo y ver de dónde viene, tenemos que remontarnos a unos antecedentes con leyes con remisiones y posiciones doctrinales enfrentadas.

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Botellón. Una pequeña guía legal para apurar la copa.

150 150 Borja Mollá

La iniciativa de unos jóvenes neozelandeses para esquivar la prohibicion de beber alcohol en público construyendo una pequeña isla artificial de arena ha suscitado mi curiosidad por saber que clase de trampas podría hacer el español medio, experto en esta clase de ardides,  para construir sus «islas legales» cuando sean sorprendidos por los agentes de la autoridad en ejercicio de la igualmente ibérica costumbre del botellón.

Isla Libertad (David Saunders)

«Inventa lege, inventa fraude» reza un viejo aforismo latino que el lector mas perspicaz ya habrá identificado correctamente como el castizo refrán «Hecha la Ley, hecha la trampa». Esta expresión popular hace referencia a que cualesquiera que fueran las medidas (incluso represivas) adoptadas por la Ley, su propio texto siempre nos brinda la ocasión de vulnerarla. Como una especie de equilibrio romántico entre el bien y el mal (no voy a decir cuál es cuál), por muy limitada que sea la casuística, las Leyes siempre son redes por cuyos diminutos agujeros es posible colarse en mas de una ocasión, como la que se les presentó a este grupo de jóvenes de la foto cuyo ingenio se vio agudizado por sus ganas de beber en público.

Los hechos, de los que se hace eco El Confidencial [ver noticia], ocurrieron el día de año nuevo en la península de Coromandel, en Nueva Zelanda. El consumo de alcohol en lugares públicos durante las celebraciones de año nuevo estaba prohibido así que a este grupo secesionistas etílicos no se les ocurrió otra cosa que construirse su propia isla (según ellos «en aguas internacionales») para no tener que cumplir con la medida.

Como puede apreciarse en la imagen no se trata mas que un montículo de arena coronado por una mesa de picnic que los jóvenes erigieron aprovechando que estaba la marea baja, pero inmediatamente se ganaron la simpatía hasta del comandante de la policía local John Kelly quien no solo no les multó sino que, alabando la creatividad de estos juerguistas, terminó declarando que si se hubiera enterado de lo que tramaban «se habría sumado».

Esta curiosa noticia ha suscitado mi curiosidad por la regulación legal de la denostada tradición ibérica del «botellón», por lo que, ordenanza en ristre, he dedicado unos minutos a meterme de lleno en la cruzada particular que los diferentes ayuntamientos han encabezado para erradicar esta practica que tantos quebraderos de cabeza les ha dado.

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