https://jurisprudentes.es/wp-content/themes/jurisprudentes/images/empty/thumbnail.jpg
150
150
Ricardo Gómez
Ricardo Gómez
https://jurisprudentes.es/wp-content/uploads/2021/06/ricardo-avatar-96x96.png
A continuación explicaremos cómo debe calcularse la Indemnización por Despido Improcedente en los contratos de trabajo formalizados con anterioridad a la reforma laboral, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria 5ª del Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de Febrero, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral.
Qué dispone la Ley…
La Disposición Transitoria 5ª del Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de Febrero, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral, que resulta de aplicación a los contratos formalizados antes del 12 de Febrero de 2.012, establece que: