plazo

Cerrado por vacaciones.

280 280 Ricardo Gómez

Es cierto que los abogados aprovechamos durante el mes de agosto para coger vacaciones porque es en el que menos trabajo hay (siempre pensando en trabajar). Y también lo es que la mayoría de jueces, secretarios y funcionarios aprovechan agosto para disfrutar de sus días de asueto anuales.

Pero los tribunales no permanecen cerrados a cal y canto. Qué va. A pesar de ser inhábil en muchas materias, la Ley obliga a mantener la actividad en todas las jurisdicciones, pero sobre todo en la penal y en la social.

Así que como en el caso de los letrados, también hay magistrados de guardia.

La regla general -según el artículo 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial- señala que «serán inhábiles los días del mes de agosto para todas las actuaciones judiciales, excepto todas aquellas que se declaren urgentes por las leyes procesales».

leer más

Libros obligatorios de las sociedades.

697 467 Ricardo Gómez

A fin de ilustrar al lector-emprendedor, a continuación resumimos de forma esquemática los libros «legales» obligatorios que debe tener su empresa.

A pesar de que ésta es la imagen que conocemos, hoy en día estos libros también pueden serlo formato digital.

El Código de Comercio regula los libros obligatorios que toda sociedad mercantil ha de llevar, y que se dividen en dos grupos:

  1. Libros Contables: Libro de Inventarios y Cuentas anuales y Libro Diario.
  2. Libros Mercantiles: Libro registro de Socios, Libro de Actas, Libro registro de Acciones nominativas, Libro registro de Contratos celebrados entre el socio único y la sociedad unipersonal.

leer más

El plazo para recurrir tras la solicitud de aclaración, rectificación y complemento.

150 150 Ricardo Gómez

¿El plazo para recurrir empieza de nuevo tras la solicitud de aclaración, rectificación y/o complemento de resoluciones judiciales?

O llegamos a tiempo, o profesionalmente «estamos muertos».

Es una pregunta que a los abogados se nos suele reproducir habitualmente, debido a la disparidad de criterios, tanto en la ley, como en las resoluciones judiciales que han ido pronunciándose en diferente sentido; Es decir, si se cuentan los días que restaban cuando se presentó la solicitud (de aclaración, rectificación y/o complemento), o si se cuenta de nuevo íntegramente el plazo desde la notificación del auto o decreto que resuelve la solicitud.

Así, tenemos que:

leer más