El Tribunal Supremo da la campanada con el AJD: Segunda parte.
En anterior artículo, informábamos sobre la noticia del pasado mes, referente al giro jurisprudencial que el Tribunal Supremo acababa de realizar en lo que refiere al asunto de quién debe abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, cliente o Banco, como consecuencia de la Sentencia de 16 de Octubre de 2018.
También advertíamos que esa decisión no era firme, pues el propio Tribunal Supremo, a la vista de la polémica provocada con esta decisión, que contravenía otras Sentencias de principios de 2018, había fijado un Pleno de ese órgano para dar una versión definitiva sobre quién debe pagar el Impuesto.
Pues bien, celebrado ese Pleno, el Tribunal Supremo decide que vuelve a ser el hipotecado quién nuevamente debe pagar el Impuesto. Pero como esta decisión no ha gustado al Gobierno, y éste argumentando que con las decisiones del Supremo se había generado una situación de inseguridad jurídica que afecta al mercado hipotecario, al día siguiente promulga un Real Decreto Ley en el que impone a los Bancos el pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en las hipotecas.