Una reciente Sentencia del Tribunal Supremo, de la Sala de lo Social, anula la obligación de los repartidores de Telepizza de tener que estar geolocalizados durante el desempeño de su actividad por medio de una app que debían instalarse en su teléfono móvil personal.
La Sentencia de nuestro Alto Tribunal entiende que el proyecto empresarial impugnado vulnera el derecho a la privacidad de los afectados por el conflicto al no superar el juicio de proporcionalidad, ya que podía acudirse a medidas de menor injerencia en los derechos fundamentales de los trabajadores que, además, no implicarían intromisión en datos de carácter personal.