La herencia recibida

150 150 Borja Mollá

En el presente post realizamos una parada en nuestra linea editorial sobre la SGAE para analizar un curioso caso de reclamación de derechos de autor tardía en relación a una conocidísima sintonía de la época franquista.

R.P Nemesio Otaño S.J

La propiedad intelectual es una materia que nos interesa mucho en Larrauri & Martí Abogados Bilbao. Es por ello que hoy queremos rescatar un curioso titular que fue publicado en prensa hace ya unos cuantos años y que decia así: «La SGAE debe pagar 300 millones (de pesetas) a los herederos del padre Nemesio Otaño». En el presente post descubriremos quien ese Nemesio Otaño y que es lo que hizo para que sus herederos estén tan contentos con esta suculenta herencia.

Un poco de biografía

El Padre Nemesio Otaño (Azcoitia, 1880 – San Sebastián, 1956), fue un organista, compositor y musicólogo jesuita con una extensa producción musical religiosa y una notable contribución a la obra artística del régimen de Francisco Franco, al que puso banda sonora.

Vivió en su Azkoitia natal el comienzo de las hostilidades comenzadas tras el golpe militar de las tropas sublevadas, un episodio que el jesuita recordaría de forma algo traumática a juzgar por el relato de los acontecimientos que le hacía a su amigo Manuel de Falla:

«Los dos meses que estuve bajo los rojos separatistas, fueron un auténtico sobresalto. Los rojos quisieron llevarme por tres veces a la cárcel de Ondarreta, que hubiera sido ir al martirio, pero los nacionalistas me declararon prisionero suyo y así estuve detenido hasta que entraron las tropas»

La entrada de las tropas nacionales en Azkoitia se produjo el 20 de septiembre de 1936, fecha en la que Nemesio Otaño compondría  uno de los himnos más laudatorios escritos hacia la figura de Francisco Franco, destacando sobre todo por su carácter temprano, ya que hasta el 1 de octubre de ese mismo año no sería nombrado Generalísimo de los Ejércitos y Jefe del Estado, y todavía faltaban tres años para el final de la contienda.

Portada del Himno a Francisco Franco

Esta adhesión (temprana a la par que explicita) al bando nacional no proporcionaría popularidad a su himno que, solo era interpretado bajo la batuta de su autor y jamás integró el canon musical patriótico, pero si le granjeo una posición notable en el círculo artístico del futuro régimen, a quien se le suponía la tarea de reconstruir la cultura patria.

Y es que, justo un año después de aquello Franco dicta su Decreto 226 por el que declara como Himno Nacional el que lo fue hasta el 14 de abril de 1931, conocido por “Marcha Granadera”, y que, como reza el referido decreto publicado el 28 de febrero de 1937 (BOE nº 131), “será ejecutado en los actos oficiales, tributándole la solemnidad, acatamiento y respeto que el culto a la Patria requiere”.

Primeros encargos

Es en ese mismo momento cuando Franco empieza a recompensar al Padre Otaño por la intensa labor de propaganda realizada, encomendándole la misión de difundir y promocionar este nuevo himno nacional (al acabar la guerra, sería nombrado Director del Conservatorio de Madrid con cargo en el Comisariado General de la Música entre 1940 y 1951).

A decir verdad el Padre Otaño ya era una eminencia en lo que a conocimiento de la Marcha Granadera se refiere, pues ya en 1921 con motivo del séptimo centenario de la catedral de Burgos, había compuesto una versión de la Marcha Granadera para coro y orquesta, y en mismísimo rey Alfonso XIII, que asistió al referido evento, le encargó un estudio de la marcha y de la música militar española en general, cuyas conclusiones serían publicadas por el jesuita en “El Diario Vasco” durante noviembre y diciembre de 1936.

No vaya a cometer el error de pensar, querido lector, que la reclamación de los más de 1,8 millones de euros que demandaba la familia de Nemesio Otaño derivan de la interpretación del Himno Nacional. Y no es porque dé poco dinero (ya que segun la SGAE se reparten más de 15.000 euros al año en derechos de autor) sino porque van a parar a una familia distinta a los Otaño, como comentaremos en el siguiente post dedicado a los himnos nacionales y sus derechos de autor.

Tampoco deriva la reclamación de derechos de las muchas obras religiosas compuestas por el Padre Otaño, que a pesar de su popularidad (tales como Miserere a cinco vocesGran Himno a San Ignacio de LoyolaDoce cánticos al Sagrado CorazónSuite vascaToques de guerra en el ejército españolCanto popular montañés…).

El super hit

Algo de relación si que tiene el caso con el Himno Nacional si tenemos en cuenta que la canción en cuestión que ha proporcionado pingües beneficios tanto a la Compañía de Jesús como a la familia Otaño, salio del mismo libro que la Marcha de Granaderos, que no es otro que el «Libro de la Ordenanza de los Toques de Pífanos y Tambores» que pubicó en 1761 Manuel de Espinosa de los Monteros. Esta obra no era otra que «La Generala»

En su momento «La Generala» era un toque de corneta que significaba la alarma máxima en la unidad militar, de tal manera que cuando uno oía esta melodía a cualquier hora de la mañana, tarde o noche, esté uno donde esté, lo tenía que dejar todo para echar mano del fusil y la munición y correr al punto de reunión preestablecido a la espera de ordenes superiores.

Que mejor sintonía que una llamada militar de reunión para indicar el comienzo de la emisión de la programación de la radio.

De la radio en singular ya que, una vez acabada la guerra Francisco Franco,  dictó una orden el 6 de octubre de 1939 por la que sometía a censura previa de Falange Española Tradicionalista de las JONS la programación de las emisoras privadas de radio y además otorgaba a Radio Nacional de España la exclusiva de los servicios informativos.

Esto suponía que cualquier emisora pública o privadas, debían conectar con Radio Nacional de España para transmitir los diarios hablados elaborados por la cadena oficial (los famosos «partes»)

Y previamente a la emisión de la programación diaria se ponía la música de «La Generala» en la versión (esta vez sí) del Padre Otaño, a quien le encargaron la orquestación de la pieza.

Empiecen ustedes a multiplicar la cantidad de veces que se retransmitió esa melodía desde 1939 hasta 1977 y les saldrá que ni una sola canción de los «40 principales» ha podido estar tanto tiempo (y tan regularmente) en antena constantemente. Multipliquen los derechos de autor y les saldrá una auténtica barbaridad: lo que percibió el Padre Otaño hasta su muerte en 1956 y lo que percibió la Compañia de Jesus de 1956 hasta 1977 (indebidamente según los tribunales, de ahí que la SGAE haya sido condenada a abonar esos derechos a la familia del músico guipuzcoano).

 

 

 

 

 

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Borja Mollá

Graduado en Derecho por la Universidad de Deusto, Especialidad Jurídico - Económica (2013), Máster de Acceso a la Abogacía en la Escuela de Práctica Jurídica “Pedro Ibarreche” y Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Bizkaia (2016). Dentro de sus especialidades se encuentran el Derecho Civil, Mercantil y Fiscal.

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